Cuarto.
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1996-11-01.
Texto consolidado
Los titulares de los órganos con categoría al menos de Dirección General, responsables del patrimonio afectado, y del propio o adscrito en el caso de organismos autónomos, entidades de Derecho Público y entes públicos, dejarán acreditado con su firma en el listado, resumen de los bienes objeto de la información solicitada, que ésta se refiere a la totalidad de los bienes, de las características y uso que se indiquen, que se hallen bajo su administración.
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- Ver la norma completa: Resolución de 29 de octubre de 1996, de la Subsecretaría, por la que se dispone la publicación del Acuerdo de Consejo de Ministros de 18 de octubre de 1996 por el que se adoptan medidas urgentes para mejorar el aprovechamiento del patrimonio inmobiliario de la Administración General del Estado y sus organismos públicos.