Quinto. Sedes desconcentradas de las Dependencias Regionales de Informática Tributaria.
Quinto de la Resolución de 13 de enero de 2021, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, sobre organización y funciones del Área de Informática Tributaria. · BOE-A-2021-710
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-01-19.
Texto consolidado
1. Podrán existir sedes desconcentradas de las Dependencias Regionales de Informática ubicadas en las Delegaciones de la Agencia Tributaria, y les corresponderá el ejercicio de funciones de la Dependencia Regional de Informática en la Delegación y en las Administraciones de la misma, o de aquellas que disponga expresamente el Jefe de la Dependencia Regional.
2. La dirección, supervisión y coordinación de las unidades de informática tributaria y del personal perteneciente a las mismas existentes en las Delegaciones de la Agencia Tributaria estará a cargo del Jefe de Dependencia Regional de Informática Tributaria Adjunto o Técnico Jefe de Informática Tributaria que determine el Jefe de la Dependencia Regional, sin perjuicio de la superior coordinación de este último y de las competencias que correspondan a los Delegados Especiales y Delegados de la Agencia Tributaria.
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