Cuarto. Competencia territorial de las Dependencias Regionales de Informática Tributaria.
Cuarto de la Resolución de 13 de enero de 2021, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, sobre organización y funciones del Área de Informática Tributaria. · BOE-A-2021-710
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-01-19.
Texto consolidado
1. La Dependencia Regional de Informática Tributaria extenderá su competencia al ámbito territorial de la correspondiente Delegación Especial, y las unidades en las que aquélla se organiza, cualquiera que sea su sede, podrán desarrollar sus actuaciones en todo este ámbito territorial.
2. Excepcionalmente, por acuerdo del titular del Departamento de Informática Tributaria, las funciones enumeradas en la presente resolución podrán ejercerse fuera del ámbito territorial de la Delegación Especial.
3. El Departamento de Informática Tributaria podrá ejercer las funciones que determine llevar a cabo de forma centralizada, en base a razones tecnológicas, de mayor eficacia o que persigan mayores economías de escala.
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