Primero. Objeto.
Primero de la Orden 370/2000, de 20 de diciembre, por la que se desarrolla el Real Decreto 1638/1999, de 22 de octubre, que regula la enajenación de bienes muebles y productos de defensa en el Ministerio de Defensa. · BOE-A-2000-24359
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2000-12-31.
Texto consolidado
1. La presente Orden regula el régimen de enajenación por parte del Ministerio de Defensa de los bienes muebles y productos de defensa a que se hace referencia en el apartado siguiente, con carácter excepcional al establecido en la Ley del Patrimonio del Estado y Reglamento para su aplicación, siempre que no se ponga en riesgo la operatividad de la fuerza propia ni la seguridad nacional.
2. Son objeto de esta Orden las enajenaciones de los materiales, bienes muebles y productos de defensa útiles para el servicio y afectados al uso de las Fuerzas Armadas necesarios para las operaciones militares, que figuran en sus respectivos inventarios ; así como aquellos suministros que, sin figurar en inventario, resulten precisos para el desarrollo de las misiones en que las Fuerzas Armadas participen.