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Orden Vigente

Octavo. Solicitud de aprobación de los cursos.

Octavo de la Orden de 18 de junio de 1998 por la que se regulan los cursos de formación para conductores de vehículos que transporten mercancías peligrosas y los centros de formación que podrán impartirlos. · BOE-A-1998-15391

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1998-07-01.

Texto consolidado

El centro autorizado para impartir cursos solicitará de la Jefatura Provincial de Tráfico en cuyo territorio vaya a celebrar un curso, con al menos diez días de antelación a la fecha de su inicio, la aprobación del mismo.

En la solicitud de aprobación de cada curso, suscrita por el Director del centro, constarán, al menos, los siguientes datos:

a) La clase del curso a impartir especificando si es de formación básica inicial o de actualización y perfeccionamiento y, en ambos casos, si se refiere a la formación básica común o a la especializada, indicando en este caso la especialización sobre que versará, o a ambas.

b) El lugar y locales donde se celebrará el curso. Cuando se imparta en locales o localidad distintos de aquellos en los que radique el centro, los locales, instalaciones, medios, equipos, elementos de protección y material didáctico deberán reunir los requisitos establecidos en los apartados tercero y cuarto de la presente Orden.

c) Las fechas de inicio y finalización del curso, así como la programación del mismo en la que se precisen, como mínimo, el horario de las clases, el contenido de cada una de ellas y el Profesor que las impartirá.

d) El lugar e instalaciones, fecha y hora donde se realizarán las pruebas y los ejercicios prácticos individuales.

e) Los datos de la persona que haya de controlar el curso, caso de no hacerlo el Director del centro, acompañando fotocopia de su Documento Nacional de Identidad.

f) Relación de los Profesores, indicando su especialidad, que han de impartirlo, y, en caso de concierto a que se refiere el punto 2 del apartado segundo de la presente Orden, los del Organismo, empresa o entidad a que pertenezcan.

g) Relación de los conductores que participarán en el curso, en la que constarán su nombre, apellidos y número del documento nacional de identidad o, en su caso, del número de identificación de extranjero, así como la clase o clases de permiso de conducción ordinario en vigor de que sean titulares y fechas de expedición y caducidad.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1998-07-01.

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