El Vínculo El Vínculo.
Resolución Vigente

Noveno. Financiación.

Noveno de la Resolución de 25 de febrero de 2008, conjunta de la Dirección General de Emigración y de la Dirección General del Instituto Nacional de la Seguridad Social, por la que se regula el procedimiento para acceder a la asistencia sanitaria para españoles de origen retornados y para pensionistas y trabajadores por cuenta ajena españoles de origen residentes en el exterior que se desplacen temporalmente al territorio nacional. · BOE-A-2008-3959

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE.

Texto consolidado

De conformidad con lo establecido en el artículo 26, apartado 4, del Real Decreto 8/2008, en el Presupuesto de la Secretaría de Estado de Inmigración y Emigración se fijará anualmente la partida presupuestaria destinada a costear la prestación de asistencia sanitaria a la que se refiere la presente resolución. En dicha partida deberá reflejarse el importe de los gastos sanitarios que, en su caso, se hubieran producido en otros Estados, con ocasión de desplazamientos temporales efectuados por los españoles de origen retornados que tuvieran reconocido el derecho a la prestación de asistencia sanitaria en España.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE.

Más artículos de BOE-A-2008-3959

En El Vínculo puedes leer BOE-A-2008-3959 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.