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Circular Derogada 2 redacciones

Norma undécima. Entrada en vigor y derogaciones.

Norma undécima de la Circular 3/1995, de 25 de septiembre, a entidades de crédito, sobre la Central de Información de Riesgos. · BOE-A-1995-22113

Atención: Circular 3/1995 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

1. Sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado 2 siguiente, la presente Circular entrará en vigor el 1 de junio de 1996, fecha en la cual se derogan las Circulares 7/1989, de 24 de febrero, y 3/1991, de 14 de junio, aplicándose por primera vez a los datos de junio de 1996.

2. A partir de la publicación de esta Circular en el «Boletín Oficial del Estado», las entidades dejarán de enviar la información sobre avales interbancarios recabada en carta-circular de 3 de febrero de 1976.

3. Las consultas referentes a la aplicación de esta Circular se plantearán al Banco de España (Departamento de Información Financiera y Central de Riesgos).

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2004-08-31.

Redacciones de este artículo

Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2004-12828.

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