Norma 6.ª Otras garantías recibidas.
Norma 6 de la Circular 4/2022, de 22 de diciembre, de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, sobre normas contables, cuentas anuales y estados financieros intermedios de las infraestructuras del mercado español de valores. · BOE-A-2022-24434
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-01-01.
Texto consolidado
1. La Sociedad deberá informar del valor razonable de los avales, instrumentos financieros en transferencia o prenda, contratos de seguro, préstamo de valores o líneas de crédito recibidos de los miembros en concepto de garantía.
2. En cuanto a su presentación en los estados financieros, dicha información se reflejará en la rúbrica «Garantías recibidas de los participantes» de los estados «TI.4 Otra información financiera complementaria individual» y «TC.4 Otra información financiera complementaria consolidada», así como en las cuentas anuales mediante nota en la memoria.
Más artículos de Circular 4/2022
- ← Norma 5.ª Depósitos de efectivo en concepto de garantías.
- → Norma 7.ª Saldos diarios pendientes de liquidar por operaciones con derivados.
- Ver la norma completa: Circular 4/2022, de 22 de diciembre, de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, sobre normas contables, cuentas anuales y estados financieros intermedios de las infraestructuras del mercado español de valores.