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Circular Vigente

Norma 17. Informe anual de autoevaluación del capital interno.

Norma 17 de la Circular 1/2022, de 24 de enero, del Banco de España, a los establecimientos financieros de crédito, sobre liquidez, normas prudenciales y obligaciones de información, y que modifica la Circular 1/2009, de 18 de diciembre, a entidades de crédito y otras supervisadas, en relación con la información sobre la estructura de capital y cuotas participativas de las entidades de crédito, y sobre sus oficinas, así como sobre los altos cargos de las entidades supervisadas, y la Circular 3/2019, de 22 de octubre, por la que se ejerce la facultad conferida por el Reglamento (UE) 575/2013 de definir el umbral de significatividad de las obligaciones crediticias vencidas. · BOE-A-2022-1718

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-05-03.

Texto consolidado

Los establecimientos no estarán obligados, con carácter general, a elaborar el informe anual de autoevaluación del capital interno previsto en el artículo 41 de la Ley 10/2014.

No obstante, cuando lo considere necesario para el ejercicio de su función supervisora, el Banco de España exigirá su elaboración. Para ello, el Banco de España tendrá en cuenta los riesgos a los que estén sometidos los establecimientos, el tipo de actividad que realicen, su estructura societaria y organizativa, y las posibles deficiencias identificadas en los procedimientos y funciones de control interno.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2022-05-03.

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