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Orden Vigente

Duodécimo. Superación de los Grados.

Duodécimo de la Orden ECD/454/2002, de 22 de febrero, por la que se establecen los elementos básicos de los informes de evaluación de las enseñanzas que conducentes a la obtención de titulaciones de técnicos deportivos reguladas por el Real Decreto 1913/1997, de 19 de diciembre, así como los requisitos formales derivados del proceso de evaluación que son necesarios para garantizar la movilidad de los alumnos. · BOE-A-2002-4371

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2002-03-06.

Texto consolidado

1. La superación del Grado Medio exigirá la superación de la totalidad de los módulos que conforman los bloques común, específico, complementario y de formación práctica, tanto del nivel primero como del nivel segundo.

2. La superación del Grado Superior exigirá la superación de la totalidad de los módulos que conforman los bloques común, específico y complementario, el bloque de formación práctica y el Proyecto final.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2002-03-06.

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