Duodécimo. Superación de los Grados.
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2002-03-06.
Texto consolidado
1. La superación del Grado Medio exigirá la superación de la totalidad de los módulos que conforman los bloques común, específico, complementario y de formación práctica, tanto del nivel primero como del nivel segundo.
2. La superación del Grado Superior exigirá la superación de la totalidad de los módulos que conforman los bloques común, específico y complementario, el bloque de formación práctica y el Proyecto final.
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