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Ley Foral Vigente

Disposición transitoria vigésima cuarta. Plazo para la Inscripción en el Registro de grandes tenedoras de vivienda.

Disposición transitoria vigésima cuarta de la Ley Foral 10/2010, de 10 de mayo, del Derecho a la Vivienda en Navarra. · BOE-A-2010-8618

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2025-07-12.

Texto consolidado

Las personas físicas y jurídicas que sean grandes tenedoras de vivienda conforme a la normativa vigente deberán inscribirse en el Registro de grandes tenedoras de vivienda en el plazo máximo de dos meses desde la entrada en vigor de la presente ley foral.

Numerado el apartado del art. 1 conforme a la corrección de errores publicada en BON núm. 158, de 8 de agosto de 2025. Ref. BOE-A-2025-17081

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2025-07-12.

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