Disposición transitoria única. Medios de remisión de información.
Disposición transitoria única del Real Decreto-ley 21/2012, de 13 de julio, de medidas de liquidez de las Administraciones públicas y en el ámbito financiero · BOE-A-2012-9365
Atención: Real Decreto-ley 21/2012 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Mientras no estén disponibles los medios previstos en el artículo 5, la información se remitirá al Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas por los medios electrónicos que el mencionado Ministerio establezca al efecto.
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