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Real Decreto Vigente

Disposición transitoria única. Plazo de adecuación.

Disposición transitoria única del Real Decreto 782/2013, de 11 de octubre, sobre distribución de medicamentos de uso humano. · BOE-A-2013-10950

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2013-10-20.

Texto consolidado

En el plazo de seis meses, desde la entrada en vigor de este real decreto, las entidades de distribución e intermediación adecuarán su funcionamiento a las previsiones en él incluidas.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2013-10-20.

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