Disposición transitoria única. Régimen transitorio.
Disposición transitoria única del Real Decreto 431/2002, de 10 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de Destinos del Personal Militar Profesional. · BOE-A-2002-9157
Atención: Real Decreto 431/2002 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Hasta la aprobación por el Ministro de Defensa de la disposición que desarrolle el presente Reglamento, continuará en vigor la normativa específica en materia de vacantes y destinos que hasta la fecha se venían aplicando, en aquello que no se oponga a lo regulado en el Reglamento que se aprueba.
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