Disposición transitoria única. Desempeño transitorio de funciones en el sector energético.
Disposición transitoria única del Real Decreto 43/2021, de 26 de enero, por el que se desarrolla el Real Decreto-ley 12/2018, de 7 de septiembre, de seguridad de las redes y sistemas de información. · BOE-A-2021-1192
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-01-29.
Texto consolidado
La Secretaría de Estado de Seguridad del Ministerio del Interior, a través de la Oficina de Coordinación de Ciberseguridad (OCC), desempeñará temporalmente las funciones atribuidas por este real decreto al departamento ministerial con competencias en materia de energía, hasta que este disponga de los recursos humanos necesarios con la formación adecuada para ejercer estas competencias de forma efectiva según lo previsto en el artículo 3 y, en todo caso, en un plazo máximo de 12 meses.
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