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Real Decreto Vigente

Disposición transitoria única. Régimen normativo transitorio.

Disposición transitoria única del Real Decreto 31/2009, de 16 de enero, por el que se aprueba la norma de calidad comercial para las patatas de consumo en el mercado nacional y se modifica el anexo I del Real Decreto 2192/1984, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de aplicación de las normas de calidad para las frutas y hortalizas frescas comercializadas en el mercado interior. · BOE-A-2009-1171

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2009-01-25.

Texto consolidado

Los productos a los que se refiere este real decreto que no se ajusten a lo establecido en él, pero cumplan lo dispuesto en la normativa vigente hasta el momento de su entrada en vigor, podrán ser comercializados durante los seis meses siguientes a ese momento.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2009-01-25.

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