Disposición transitoria única. Inscripción de servicios previos.
Disposición transitoria única de la Ley 2/2008, de 6 de mayo, por la que se desarrolla la libre prestación de servicios de transporte marítimo de personas en aguas interiores de Galicia. · BOE-A-2008-9608
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2008-08-12.
Texto consolidado
Los servicios de transporte marítimo de viajeros y viajeras en aguas interiores de Galicia que se vinieran prestando con anterioridad a la entrada en vigor de la presente ley se inscribirán en el registro a que se refiere el artículo 2, en los términos que reglamentariamente se establezcan.