Disposición transitoria tercera.
Disposición transitoria tercera del Real Decreto 670/1978, de 11 de marzo, sobre Cofradías de Pescadores. · BOE-A-1978-9460
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1978-04-13.
Texto consolidado
Las Cofradías y sus Federaciones quedarán legalmente subrogadas en la titularidad de los bienes y derechos de las actuales Entidades de la misma denominación y ámbito.