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Real Decreto Vigente

Disposición transitoria tercera. Adaptación de las entidades a la versión digital del Documento Nacional de Identidad.

Disposición transitoria tercera del Real Decreto 255/2025, de 1 de abril, por el que se regula el Documento Nacional de Identidad. · BOE-A-2025-6601

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2025-04-02.

Texto consolidado

Las entidades pertenecientes al sector público y privado deberán adoptar en el plazo de doce meses desde la entrada en vigor de este real decreto, las medidas necesarias para el buen funcionamiento de la versión digital del Documento Nacional de Identidad.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2025-04-02.

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