Disposición transitoria tercera. Modificación de los modelos para su adecuación normativa.
Disposición transitoria tercera del Real Decreto 2110/1998, de 2 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de Máquinas Recreativas y de Azar. · BOE-A-1998-23945
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1998-10-17.
Texto consolidado
Los fabricantes o importadores de máquinas recreativas, recreativas con premio o de azar titulares de modelos inscritos, podrán modificar los modelos con la finalidad de dotarles de cualesquiera de los requisitos o dispositivos opcionales contemplados en el presente Reglamento. En este caso, se requerirá la autorización previa del organismo competente.