El Vínculo El Vínculo.
Real Decreto Vigente

Disposición transitoria tercera. Régimen transitorio del registro de contratos.

Disposición transitoria tercera del Real Decreto 197/2009, de 23 de febrero, por el que se desarrolla el Estatuto del Trabajo Autónomo en materia de contrato del trabajador autónomo económicamente dependiente y su registro y se crea el Registro Estatal de asociaciones profesionales de trabajadores autónomos. · BOE-A-2009-3673

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2009-03-05.

Texto consolidado

Los contratos registrados de conformidad con la Resolución de 21 de febrero de 2008, del Servicio Público de Empleo Estatal, por la que se establece el procedimiento provisional para el registro de los contratos de los trabajadores autónomos económicamente dependientes deberán adaptarse a lo dispuesto en el artículo 6.2 de este real decreto en el plazo de tres meses desde la entrada en vigor del mismo.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2009-03-05.

Más artículos de Real Decreto 197/2009

En El Vínculo puedes leer Real Decreto 197/2009 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.