Disposición transitoria cuarta. Transitoriedad de los actos de encuadramiento en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos de los trabajadores autónomos económicamente dependientes.
Disposición transitoria cuarta del Real Decreto 197/2009, de 23 de febrero, por el que se desarrolla el Estatuto del Trabajo Autónomo en materia de contrato del trabajador autónomo económicamente dependiente y su registro y se crea el Registro Estatal de asociaciones profesionales de trabajadores autónomos. · BOE-A-2009-3673
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2009-03-05.
Texto consolidado
Las actos de encuadramiento en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos relativos a los trabajadores autónomos económicamente dependientes, tramitados hasta la fecha de entrada en vigor de este real decreto al amparo de la Resolución de 16 de enero de 2008 de la Tesorería General de la Seguridad Social por la que se impartieron directrices provisionales al respecto, gozarán de plena validez desde la fecha en que hayan producido sus efectos de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento General sobre inscripción de empresas y afiliación, altas, bajas y variaciones de datos de trabajadores en la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto 84/1996, de 26 de enero.
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