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Real Decreto Vigente

Disposición transitoria tercera. Plazo de adecuación de los productos dentífricos y otros productos.

Disposición transitoria tercera del Real Decreto 1599/1997, de 17 de octubre, sobre productos cosméticos. · BOE-A-1997-23067

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1997-11-20.

Texto consolidado

Los productos señalados en la disposición adicional segunda que se estén comercializando con anterioridad a la entrada en vigor del presente Real Decreto, deberán adaptarse a lo establecido en el mismo, en el plazo de dieciocho meses.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1997-11-20.

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