Disposición transitoria tercera. Cumplimiento con las disposiciones de competencia lingüística.
Disposición transitoria tercera del Real Decreto 1516/2009, de 2 de octubre, por el que se regula la licencia comunitaria de controlador de tránsito aéreo. · BOE-A-2009-16482
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2009-10-17.
Texto consolidado
Los alumnos controladores de tránsito aéreo y los titulares de una licencia de controlador de tránsito aéreo deberán cumplir, a partir del 17 de mayo de 2010, los requisitos de competencia lingüística establecidos en el artículo 17.
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