Disposición transitoria tercera.
Disposición transitoria tercera de la Orden de 13 de octubre de 1967 por la que se establecen normas para la aplicación y desarrollo de la prestación por incapacidad laboral transitoria en el Régimen general de la Seguridad Social. · BOE-A-1967-19566
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1967-11-24.
Texto consolidado
Hasta tanto no se constituyan las Comisiones Técnicas Calificadoras las funciones que a las mismas se encomiendan en la presente Orden se llevarán a cabo por los Tribunales Médicos existentes en la actualidad.