Disposición transitoria tercera. Presentación telemática.
Disposición transitoria tercera de la Ley 7/2012, de 21 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas para el año 2013. · BOE-A-2013-452
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2013-01-01.
Texto consolidado
La presentación telemática de las autoliquidaciones del impuesto sobre los grandes establecimientos comerciales, del impuesto sobre la eliminación de residuos en vertederos y del impuesto sobre el impacto visual producido por los elementos de suministro de energía eléctrica y elementos fijos de redes de comunicaciones telefónicas o telemáticas será obligatoria desde el momento en que el titular de la consejería con competencias en materia tributaria apruebe su forma de presentación a través de la norma reglamentaria correspondiente.
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