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Ley Derogada

Disposición transitoria tercera. Oficina del contribuyente.

Disposición transitoria tercera de la Ley 7/2007, de 17 de julio, de la Agencia Tributaria de Cataluña. · BOE-A-2007-15212

Atención: Ley 7/2007 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

En el plazo de un año el Gobierno debe regular la creación de una oficina del contribuyente para defender las garantías y derechos de los ciudadanos en su relación con la Administración Tributaria de Cataluña, adscrita al Departamento de Economía, Finanzas.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2007-07-24.

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