Disposición transitoria cuarta. Carta de derechos de los contribuyentes.
Disposición transitoria cuarta de la Ley 7/2007, de 17 de julio, de la Agencia Tributaria de Cataluña. · BOE-A-2007-15212
Atención: Ley 7/2007 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
La Agencia Tributaria de Cataluña, en el plazo de un año desde su entrada en funcionamiento, debe aprobar la Carta de derechos de los contribuyentes, que debe contener de forma sistematizada las prestaciones que pone a disposición de los contribuyentes y los compromisos de calidad en su actuación.