Disposición transitoria tercera.
Disposición transitoria tercera de la Ley 7/1996, de 3 de diciembre, de Creación del Ente Público Regional de la Energía de Castilla y León. · BOE-A-1997-1342
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1996-12-10.
Texto consolidado
El personal funcionario de la Administración de la Comunidad Autónoma de Castilla y León, que sea contratado por el Ente, pasará a la situación administrativa de servicios especiales, durante el período máximo de dos años.