Disposición transitoria tercera. Solicitudes de registro o de protección de denominaciones de origen o indicaciones geográficas o de modificación de pliegos en tramitación.
Disposición transitoria tercera de la Ley 6/2015, de 24 de marzo, Agraria de Extremadura. · BOE-A-2015-4102
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-06-26.
Texto consolidado
Las solicitudes de registro o de protección de denominaciones de origen o indicaciones geográficas o de modificación de pliegos que se encontraren en tramitación a la entrada en vigor de esta ley, sólo se regirán por la misma en el caso de que no hubiera recaído resolución estimatoria.