Disposición transitoria segunda. Régimen jurídico aplicable al Registro de Explotaciones Agrarias.
Disposición transitoria segunda de la Ley 6/2015, de 24 de marzo, Agraria de Extremadura. · BOE-A-2015-4102
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-06-26.
Texto consolidado
Hasta tanto se lleven a efecto las previsiones reglamentarias referidas al régimen jurídico aplicable al Registro de Explotaciones Agrarias contenidas en la presente Ley, seguirá vigente el actual Registro de Explotaciones Agrarias y el régimen jurídico que le resulte de aplicación.