Disposición transitoria tercera. Reorganizaciones del sector público y recursos humanos.
Disposición transitoria tercera de la Ley 3/2017, de 27 de junio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2017. · BOE-A-2017-7387
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2017-06-29.
Texto consolidado
1. Lo establecido en la Disposición adicional vigésimo sexta.Uno.B) de esta Ley no será de aplicación al personal laboral fijo de las entidades del sector público que se integre en su administración pública de adscripción, como consecuencia de la aplicación de procesos de integración en su régimen laboral previstos en una norma con rango de Ley con anterioridad a la entrada en vigor de esta norma y siempre que dicho personal haya sido seleccionado con la garantía de los principios constitucionales de igualdad, publicidad, mérito y capacidad y tenga la titulación académica requerida para el acceso a la categoría en la que se produzca la integración.
2. Esta disposición se dicta al amparo del artículo 149.1.13 y 18, así como del artículo 156.1 de la Constitución.
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