Disposición transitoria tercera.
Disposición transitoria tercera del Decreto 1211/1972, de 13 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de Ley de Derechos Pasivos del Personal Militar y Asimilado de las Fuerzas Armadas, Guardia Civil y Policía Armada. · BOE-A-1972-728
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1972-06-07.
Texto consolidado
Cuando se solicite actualización de pensiones conforme al párrafo dos del artículo cuarto de la Ley 82/1961, de 23 de diciembre, la revisión tendrá efectos económicos a partir de primero de enero del año en que se solicite, si bien los sueldos reguladores para la determinación de las nuevas pensiones serán los alcanzados como tal regulador en virtud de disposición anterior a primero de enero de 1985.