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Ley Vigente

Disposición transitoria séptima. Régimen transitorio de determinadas modificaciones del régimen jurídico de las instituciones de inversión colectiva.

Disposición transitoria séptima de la Ley 44/2002, de 22 de noviembre, de Medidas de Reforma del Sistema Financiero. · BOE-A-2002-22807

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2002-11-24.

Texto consolidado

Las instituciones de inversión colectiva dispondrán de un plazo de doce meses para ajustar su funcionamiento a la presente Ley, sin que el eventual cambio de depositario producido en este plazo para cumplir con los nuevos requisitos exigidos confiera a los partícipes el derecho de separación previsto en el artículo 28 de la Ley 46/1984, de 26 de diciembre, reguladora de las instituciones de inversión colectiva.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2002-11-24.

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