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Ley Vigente

Disposición transitoria séptima. Aplicación de la Orden anual de regulación del ejercicio de la pesca.

Disposición transitoria séptima de la Ley 2/1999, de 24 de febrero, de Pesca en Aragón. · BOE-A-1999-7740

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1999-03-24.

Texto consolidado

En tanto no se aprueben las normas reglamentarias dictadas en desarrollo de esta Ley o el Plan General de Pesca en Aragón, el ejercicio de pesca se ajustará a lo dispuesto en la Orden anual por la que se establezcan las normas para el ejercicio de la pesca en el territorio de Aragón vigente en el momento de entrada en vigor de la presente Ley, en cuanto no se opusiere a la misma.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1999-03-24.

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