El Vínculo El Vínculo.
Real Decreto Vigente

Disposición transitoria segunda. Instalaciones.

Disposición transitoria segunda del Real Decreto 949/2001, de 3 de agosto, por el que se regula el acceso de terceros a las instalaciones gasistas y se establece un sistema económico integrado del sector de gas natural. · BOE-A-2001-17027

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2001-09-08.

Texto consolidado

Aquellas instalaciones destinadas a dotar de la adecuada seguridad al sistema de gas natural que hubiesen sido objeto de concesión, antes de la entrada en vigor de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos, tendrán el tratamiento recogido en la disposición transitoria sexta de la citada Ley, en el cálculo de la retribución a las instalaciones de transporte.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2001-09-08.

Más artículos de Real Decreto 949/2001

En El Vínculo puedes leer Real Decreto 949/2001 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.