El Vínculo El Vínculo.
Real Decreto Vigente

Disposición transitoria segunda. Inversiones.

Disposición transitoria segunda del Real Decreto 905/2022, de 25 de octubre, por el que se regula la Intervención Sectorial Vitivinícola en el marco del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común. · BOE-A-2022-17475

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-10-27.

Texto consolidado

La sección segunda de este real decreto no será de aplicación a las solicitudes presentadas antes del 1 de febrero de 2022, a las cuales se les aplicará la sección cuarta del Real Decreto 1363/2018, de 2 de noviembre.

No obstante, lo previsto en la disposición derogatoria única, respecto de la medida de inversiones, se podrá abonar, excepcionalmente, con cargo al ejercicio financiero 2024 las operaciones que no hayan finalizado, antes del 1 de mayo de 2023 y que hayan ejecutado, al menos, el 30 % del presupuesto aprobado o modificado a 15 de octubre de 2023, debiendo para ello presentar la solicitud de pago antes del 1 de mayo de 2024. Asimismo, podrán abonarse con cargo al ejercicio 2024 aquellas operaciones que habiendo solicitado el pago antes del 1 de mayo de 2023 no puedan abonarse con cargo al ejercicio financiero 2023 por falta de disponibilidad presupuestaria.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2022-10-27.

Más artículos de Real Decreto 905/2022

En El Vínculo puedes leer Real Decreto 905/2022 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.