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Real Decreto Vigente 4 redacciones

Disposición transitoria segunda. Régimen transitorio aplicable al servicio universal.

Disposición transitoria segunda del Real Decreto 424/2005, de 15 de abril, por el que se aprueba el Reglamento sobre las condiciones para la prestación de servicios de comunicaciones electrónicas, el servicio universal y la protección de los usuarios. · BOE-A-2005-6970

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2011-05-25.

Texto consolidado

(Derogada)

Se suprimen los párrafos 2 y 3 del apartado 1 por el art.1.10 del Real Decreto 329/2009, de 13 de marzo. Ref. BOE-A-2009-5707

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2011-05-25.

Redacciones de este artículo

Este precepto ha tenido 4 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2011-9012.

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