El Vínculo El Vínculo.
Real Decreto Derogada

Disposición transitoria segunda. Régimen transitorio de retribuciones.

Disposición transitoria segunda del Real Decreto 386/1996, de 1 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de los Institutos de Medicina Legal. · BOE-A-1996-5557

Atención: Real Decreto 386/1996 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Hasta la entrada en funcionamiento de cada Instituto de Medicina Legal, el personal afectado por este Reglamento seguirá percibiendo el complemento de destino que les corresponde según lo previsto en el Real Decreto 1616/1989, de 29 de diciembre, modificado por el Real Decreto 1561/1992, de 18 de diciembre.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1996-03-10.

Más artículos de Real Decreto 386/1996

En El Vínculo puedes leer Real Decreto 386/1996 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.