Disposición transitoria segunda. Vigencia de la ordenación de los certificados de profesionalidad.
Disposición transitoria segunda del Real Decreto 278/2023, de 11 de abril, por el que se establece el calendario de implantación del Sistema de Formación Profesional establecido por la Ley Orgánica 3/2022, de 31 de marzo, de ordenación e integración de la Formación Profesional. · BOE-A-2023-9045
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-04-13.
Texto consolidado
La ordenación de los certificados de profesionalidad actualmente vigentes mantendrá dicha vigencia hasta tanto no se deroguen o modifiquen los reales decretos por los que se establecen.
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