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Real Decreto Vigente

Disposición transitoria segunda.

Disposición transitoria segunda del Real Decreto 1629/1991, de 8 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. · BOE-A-1991-27678

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1991-12-06.

Texto consolidado

Los documentos o declaraciones referentes a hechos imponibles acaecidos antes del 1 de enero de 1988 se presentarán desde este día en las oficinas que sean las competentes con arreglo a las normas de este Reglamento, salvo que, en virtud de los Convenios a que se refiere la disposición adicional primera, puedan presentarse en Oficinas Liquidadoras de Partido a cargo de Registradores de la Propiedad.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1991-12-06.

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