Disposición transitoria segunda. Agrupación de los actuales Colegios Oficiales de Graduados Sociales.
Disposición transitoria segunda del Real Decreto 1415/2006, de 1 de diciembre, por el que se aprueban los Estatutos Generales de los Colegios Oficiales de Graduados Sociales. · BOE-A-2006-22081
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2006-12-17.
Texto consolidado
La integración de los actuales Colegios Oficiales en los Consejos Autonómicos de Colegios se llevará a cabo por las respectivas Comunidades Autónomas de acuerdo con su legislación aplicable.
No obstante, con independencia de esa articulación autonómica, los actuales Colegios Oficiales de Graduados Sociales mantendrán su agrupación en el Consejo General de Colegios Oficiales de Graduados Sociales de España.
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