Diposición transitoria segunda. Demarcaciones de Las Palmas y Santa Cruz de Tenerife.
Disposición transitoria segunda del Real Decreto 1271/2003, de 10 de octubre, por el que se aprueban los Estatutos del Colegio de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos. · BOE-A-2003-19457
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2003-10-23.
Texto consolidado
Las demarcaciones de Las Palmas y Santa Cruz de Tenerife mantendrán su actual configuración y denominación hasta que, a propuesta de las Juntas Rectoras de ambas demarcaciones o de la Junta de Gobierno, se apruebe su unificación por el Consejo General, o una ley así lo imponga.
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