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Ley Foral Derogada

Disposición transitoria segunda. Colaboración con las entidades locales.

Disposición transitoria segunda de la Ley Foral 10/2005, de 9 de noviembre, de ordenación del alumbrado para la protección del medio nocturno. · BOE-A-2005-20977

Atención: Ley Foral 10/2005 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

El Gobierno de Navarra, por medio del régimen de ayudas regulado por el artículo 15 y de los otros mecanismos presupuestarios pertinentes, colaborará con las entidades locales para garantizar la adaptación de los alumbrados públicos a las prescripciones de la presente Ley Foral.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2006-02-14.

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