Disposición transitoria segunda. Infracciones.
Disposición transitoria segunda de la Ley 9/2006, de 30 de noviembre, de Calidad Alimentaria de Aragón. · BOE-A-2007-1561
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2006-12-14.
Texto consolidado
Las infracciones cometidas antes de la entrada en vigor de esta ley se regirán por la normativa anterior, salvo cuando la nueva regulación resulte más favorable para el presunto infractor.