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Ley Vigente

Disposición transitoria segunda.

Disposición transitoria segunda de la Ley 9/1985, de 4 de diciembre, por la que se regula el Consejo Asesor de R.T.V.E. en el País Vasco o R.T.V.E.-ren Euskadiko Aholku-Batzordea. · BOE-A-2012-4774

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1986-01-27.

Texto consolidado

En el plazo máximo de tres meses, a partir de la constitución del Consejo Asesor, el Gobierno Vasco, a propuesta del propio Consejo, aprobará el reglamento para la ejecución y desarrollo de la presente Ley.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1986-01-27.

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