El Vínculo El Vínculo.
Ley Vigente

Disposición transitoria segunda. Promoción de los funcionarios pertenecientes a la Unidad del Cuerpo Nacional de Policía adscrita a la Comunidad Autónoma de Galicia.

Disposición transitoria segunda de la Ley 8/2007, de 13 de junio, de Policía de Galicia. · BOE-A-2007-13827

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2007-07-12.

Texto consolidado

1. Los miembros de la Unidad del Cuerpo Nacional de Policía adscrita a la Comunidad Autónoma de Galicia que se hallasen en la situación de activo en la misma en el momento de la entrada en vigor de la presente ley podrán acceder, por la modalidad de concurso de méritos, a la escala o categoría inmediatamente superior, en función de las vacantes que pudieran producirse, siempre que cumplan los requisitos de titulación que, para cada escala y categoría, se contemplan en el artículo 29 de la presente ley.

2. A tales efectos, en el supuesto de carecer de la titulación exigida, podrá dispensárseles de dicho requisito, por esta única vez y sólo a los efectos de facilitar el acceso a la promoción.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2007-07-12.

Más artículos de Ley 8/2007

En El Vínculo puedes leer Ley 8/2007 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.