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Ley Vigente 3 redacciones

Disposición transitoria segunda. Adaptación de las sociedades a las previsiones de la ley.

Disposición transitoria segunda de la Ley 8/2006, de 16 de noviembre, de Sociedades Cooperativas, de la Región de Murcia. · BOE-A-2007-9417

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2018-11-11.

Texto consolidado

Todas aquellas cooperativas que por diversas circunstancias no se hayan adaptado a las previsiones de la presente ley, deberán hacerlo según dispone la vigente Orden de 6 de junio de 2007, de la Consejería de Trabajo y Política Social, por la que se establecen los requisitos a que deberá ajustarse la adaptación de los estatutos sociales de las Sociedades Cooperativas a la Ley 8/2006, de 16 de noviembre de Sociedades Cooperativas de la Región de Murcia.#nu

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2018-11-11.

Redacciones de este artículo

Este precepto ha tenido 3 redacciones. La redacción vigente la dio Ley 10/2018, de 9 de noviembre, de Aceleración de la Transformación del Modelo Económico Regional para la Generación de Empleo Estable de Calidad..

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