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Ley Vigente

Disposición transitoria segunda.

Disposición transitoria segunda de la Ley 7/1990, de 30 de marzo, de creación del Colegio Profesional de Fisioterapeutas de Cataluña. · BOE-A-1990-9594

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1990-04-26.

Texto consolidado

La asamblea constituyente deberá:

a) Ratificar a los gestores, o nombrar nuevos gestores, y aprobar, si procede, su gestión.

b) Aprobar los estatutos definitivos del Colegio.

c) Elegir a las personas que deberán ocupar los cargos correspondientes en los órganos colegiales.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1990-04-26.

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