Disposición transitoria segunda. Desarrollo reglamentario del Documento Nacional de Identidad.
Disposición transitoria segunda de la Ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza. · BOE-A-2020-14046
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2020-11-13.
Texto consolidado
Hasta que se desarrolle reglamentariamente el Documento Nacional de Identidad, se mantendrá en vigor el Real Decreto 1553/2005, de 23 de diciembre, por el que se regula la expedición del Documento Nacional de Identidad y sus certificados de firma electrónica.